Cómo preparar tu cierre fiscal contable del ejercicio 2022
Pasos para llevar a cabo el cierre contable-fiscal de manera correcta
Llegamos al final de la meta fiscal-contable, y ya debemos tener controladas nuestras cuentas para preparar el cierre del año.
Es el momento de demostrar que hemos hecho un buen trabajo durante el ejercicio, y ello quedará reflejado en nuestro cierre contable y fiscal, si es así. Esto sólo se puede alcanzar, si hemos llevado a cabo el proceso de cierre adecuado y, además, hemos aprovechado nuestras herramientas de trabajo correctamente.
PROCESO DE CIERRE CONTABLE
Desde tus soluciones de contabilidad A3Software, cuentas con todas las funcionalidades necesarias para trabajar tu cierre contable de manera eficiente, rápida y sobre todo impecable. A continuación, te explicaremos cómo proceder en tu programa de contabilidad, para generar el cierre contable sin fallos ni “sorpresas” de última hora.
1.Asiento de apertura
Como bien sabemos, el asiento de apertura está basado en el asiento de cierre del ejercicio anterior, de ahí la importancia de generar un cierre correcto en la aplicación, teniendo en cuenta todos y cada uno de los siguientes puntos que vamos a desarrollar a continuación.
2.Traspaso y aplicación del resultado del ejercicio anterior
En relación a lo que se ha mencionado en el apartado anterior, la cuenta 129 reflejará el resultado del ejercicio cerrado y el mismo deberá distribuirse según corresponda, ya sea por imperativo legal, por los estatutos o por cualquier otra razón que proceda en el supuesto.
3.Conciliación bancaria
Durante esta gestión en contabilidad, verificaremos que los registros contables que hemos realizado durante el año, en las empresas de nuestros clientes, se correspondan con los movimientos bancarios de los mismos.
4.Reclasificación y conciliación de los saldos de los grupos 4 y 5
Otro paso muy importante es la revisión de los grupos 4 y 5 de la contabilidad, con especial mención a las cuentas de IVA, IGIC, IRPF y Seguros Sociales. Además, el repaso de los mayores de clientes y proveedores es muy importante, puesto que afecta al Balance de Situación en lo que a deudas se refiere.
En lo que respecta al grupo 5 debemos tener en cuenta la reclasificación de préstamos, las cuentas de Tesorería, las cuentas con los Socios y los movimientos sin conciliar.
- Amortizaciones
Debemos recordar que, al final del ejercicio, hay que realizar el asiento de amortización de los elementos de inmovilizado y de deterioro, en el caso de que proceda, ya que se considera como gasto.
- Variación de existencias
Recordemos que las existencias son elementos propiedad de la empresa, que esta utiliza en su proceso productivo de bienes, o bien los vende a través de su actividad. Los ejemplos más comunes son las materias primas para fabricar otros elementos y las mercaderías que se compran para ser vendidas sin transformarlas.
Hay que tener en cuenta esto, porque la variación de estos elementos puede originar un ingreso o gasto para la empresa, según el caso.
7.Impuesto sobre beneficios
Es muy probable que el resultado contable y el resultado fiscal no coincidan, porque los criterios contables y fiscales no son los mismos y, en este sentido, el resultado fiscal o base imponible del Impuesto de Sociedades parte del resultado contable. En este caso se realizarán una serie de ajustes que son las diferencias permanentes y diferencias temporales.
Comenzamos por calcular la base imponible del Impuesto de Sociedades que puede resultar positiva, negativa o cero.
8.Regularización pérdidas y ganancias
Después de realizar los asientos contables que afectan a las cuentas de ingresos y gastos (grupos 6 y 7), debemos realizar el asiento de pérdidas y ganancias, que es aquel que saldará las cuentas anteriormente mencionadas, y en el que llevaremos el resultado a la cuenta 129 (Resultado del Ejercicio).
Es decir, el proceso es el siguiente:
1.Dejaremos las cuentas de gastos e ingresos a 0.
2.El resultado contable después de ingresos será el que aparezca en la cuenta 129.
9.Asiento de cierre
Después de haber llevado a cabo todos los pasos previos que hemos mencionado en los apartados anteriores, ya podemos realizar el asiento de cierre para saldar todas las cuentas con saldo, cancelando aquellas que tengan saldo deudor con un apunte al haber, y las cuentas con saldo acreedor con apunte al deber.
Este paso es muy importante ya que dicho asiento quedará reflejado en el balance de situación, y si no hemos revisado las cuentas previamente, la imagen que muestre de la empresa es poco fiel a los estados contables de la misma.
PROCESO DE CIERRE FISCAL
Una vez que hemos obtenido el resultado fiscal procedemos al cierre fiscal que se elabora de forma anual. Una vez llegamos a este punto, procedemos a la presentación de modelos anuales de IVA, IGIC, e IRPF.
1.Generación de modelos anuales de IVA/IGIC e IRPF
Modelo 390: Es el modelo informativo del resumen del IVA. En esta declaración se sintetizan las operaciones relativas al IVA a lo largo del año y complementa así la información entregada cada trimestre o cada mes con el modelo 303. Deben presentarlo aquellos que presentan autoliquidaciones periódicas de este impuesto.
Modelo 425: La declaración tributaria de carácter informativo del resumen de IGIC, que contiene el conjunto de las operaciones realizadas a lo largo del año natural.
Modelo 190: Este modelo se presenta como resumen del modelo 111, que refleja las retenciones del IRPF. Con este modelo se declaran las retenciones efectuadas a profesionales, empresarios o trabajadores. Es obligatorio presentarlo para aquellas sociedades que hayan retenido parte de los importes de las nóminas o de las facturas a profesionales.
Modelo 180: Se trata del resumen anual del modelo 115, en el que se sintetizan las retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes urbanos.
Modelo 193: Este es el modelo de resumen anual del modelo 123, de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del Impuesto de Sociedades y del Impuesto de la Renta de no residentes. Deben presentarlo Personas físicas, jurídicas y demás entidades obligadas a retener o ingresar a cuenta del IRPF, del Impuesto de Sociedades y del Impuesto de la Renta de no Residentes. También las entidades domiciliadas, residentes o representadas en España que paguen por cuenta ajena rentas sujetas a retención o gestionen cobros que conlleven la sujeción a retención.
Modelo 347: Es el resumen anual de operaciones con terceros, y se debe presentar si como empresa o profesional tus operaciones han superado los 3.005,6 euros en el año natural con un proveedor o si tributas el IRPF por el método de la estimación objetiva y a la vez estén dentro de los regímenes de agricultura, ganadería y pesca.
Modelo 415: Es la declaración anual de operaciones con terceras personas en Canarias.
Modelo 184: Declaración que presentan las entidades en atribución de rentas, donde el año anterior y qué importe corresponde a cada miembro, en función de porcentaje de participación.
Modelo 349: Es la declaración de operaciones intracomunitarias, y lo deben presentar todas las compañías o individuos que compran, vendan o presten servicios a empresas que estén en otros países de la UE.
Con las soluciones de A3 de contabilidad, puedes gestionar el cierre contable y fiscal de las empresas de tus clientes de manera fácil y rápida, accediendo a los listados contables de:
- A) Balance de situación
- B) Pérdidas y ganancias
- C) Listado mayor de las cuentas corrientes
En lo que a los modelos anuales se refiere, debes comenzar por revisar los trimestrales que correspondan en cada caso, y verificar que estos reflejen los datos que existen en tu contabilidad, ya que, si has hecho alguna modificación manual en los mismos, dichos cambios no constarán en tus listados y ello puede llevarte a diferencias en los trimestrales que debas tener en cuenta en el Resumen Anual.
Por ejemplo, en el caso del modelo 425 si observas que el resultado no coincide con el resumen de tus trimestrales, puedes acceder al RESUMEN DE IGIC, y verificar por trimestres que, lo que visualizas en esa pantalla coincide con lo que se ha presentado en ATC, ya que, de no ser así, significa que se ha modificado ese trimestre o alguno de los anteriores, y el programa regulariza las diferencias a los trimestres posteriores.
Por lo tanto, deberás modificar el resumen anual teniendo en cuenta los cambios que se han practicado de manera manual en los trimestres.