Ley Crea y Crece. ¿Qué implica y en qué nos afecta?

miércoles, 10 mayo 2023 | Blog fiscal contable

La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de Empresas, o como se la conoce coloquialmente, “Ley Crea y Crece”, surge con la idea inicial de fomentar la creación de empresas en nuestro país ofreciendo mejoras importantes, limitando las condiciones financieras y burocráticas iniciales que suelen ser un escollo para muchos futuros emprendedores. Debemos tener en cuenta que el 99,8% de las empresas de nuestro país son PYMES y estas generan el 64,2% del empleo total, por lo que se debe cuidar mucho este tipo de empresa por su importancia para la economía general del país.

En este artículo, veremos algunos aspectos relevantes de esta Ley:

Simplificación de los trámites de constitución

A partir de ahora, las sociedades de responsabilidad limitada se podrán gestionar todos sus trámites de alta a través de la ventanilla única del CIRCE, (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) lo que garantiza una reducción de plazos, costes notariales y registrales.

Constitución de sociedades limitadas desde un euro

Se reduce el capital mínimo inicial para este tipo de sociedades, que estaba fijado hasta ahora en 3.000 euros, y pasa a ser de un solo euro, eso sí, hasta alcanzar los 3.000 euros de antes, el 20 % del beneficio obtenido por ejercicio se debe destinar a reserva legal hasta llegar a cumplir con dicha cifra.

Esto se hace para salvaguardar los intereses de los acreedores, ya que, en caso de liquidación de la sociedad, la empresa podría hacer frente al pago a sus acreedores desde ahí, y el resto, si fuera necesario, de forma solidaria por parte de los socios.

Refuerzo de la financiación

La norma incorpora medidas para mejorar los instrumentos de financiación del crecimiento empresarial alternativos a la financiación bancaria.

En el ámbito del crowdfunding, se adapta la regulación nacional a la normativa europea, introduciendo más flexibilidad para que estas plataformas presten sus servicios en Europa.

Lucha contra la morosidad

Uno de los principales motivos por los que este tipo de empresas puede desaparecer es por alto índice de morosidad que no pueden afrontar. En base a esto, esta Ley incorpora herramientas de lucha contra la morosidad. La idea es impulsar la transparencia de los periodos de pago y reducir la duración de estos. Para esto se crea el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, encargado del seguimiento de la evolución de los datos de pago y la promoción de buenas prácticas. Entre sus actuaciones estará la de crear listado anual de las empresas morosas.

Con la nueva Ley también se instaura la factura electrónica, mediante la cual podrán hacer seguimiento de la información de plazos de pago. Para la implantación de la factura electrónica, las PYMES con facturación superior a 8 millones de euros anules dispondrán de 12 meses, según Disposición final octava de Entrada en vigor de la LEY, contando desde el 19 de octubre del 2022, es decir 20 días después de la publicación en el BOE, para incorporar la factura digital a sus negocios. En el caso de facturación inferior a los 8 millones de euros anuales al plazo de amplia a 24 meses.

Sobre la facturación electrónica debemos saber que se tratará principalmente de un instrumento entre empresas, y que una factura en PDF firmada digitalmente no se considera una factura electrónica. Se trata de archivo con lenguaje XML que debe cumplir una estructura que permita realizar el envío y recepción de esta entre diferentes empresas a través de sus aplicaciones informáticas.

Ventajas del uso de la factura electrónica

Entre las ventajas del uso de la factura electrónica, o E-factura, se encuentra:

  • Mas agilidad en la facturación y reducciones de tiempos
  • Ahorro de costos en papel, mensajeros, etc.
  • Reducción del impacto medioambiental

Estructura de la factura electrónica

Sobre su estructura definitiva de la factura electrónica, según la Disposición final séptima, se ha dado un plazo de 6 meses desde la publicación de la Ley en el BOE. La idea es trabajar sobre la e-factura actual y hacer las adaptaciones necesarias para cumplir con las condiciones de la nueva Ley Crea y Crece.

Aunque sobre esta estructura final aún están trabajando sí que se han determinado cuales serían las necesidades de esta factura electrónica, y son:

  • Tener firma o certificado digital
  • Cumplir los requisitos del reglamento de facturación
  • Contener el mismo contenido que una factura tradicional
  • Se ha de facilitar el acceso a la factura de manera que se pueda leer, descargar, imprimir o reenviar
  • Se debe conservar un mínimo de 4 años y estar a disposición de los clientes, aunque estos hayan dejado de serlo en ese periodo de tiempo
Como conclusión, debemos recalcar la importancia de empezar a usar la factura electrónica. Desde que entre en vigor, si no se cumple la presentación y recepción de las facturas de formato electrónico, las sanciones previstas pueden llegar a los 10.000 euros para los autónomos y empresas que no se adapten.
 
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Alexis Afonso Rivero

Customer Support Specialist Consultant - ERP Segment

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