Novedades de la nueva Versión 3.0 del Fichero INSS de Empresas (FIE)

viernes, 3 noviembre 2023 | Blog laboral rrhh

Como consecuencia del último cambio de la Ley Orgánica 2/2010, en relación con la salud sexual y reproductiva y la interrupción voluntaria del embarazo, en la que se han establecido las nuevas situaciones de incapacidad temporal, se actualizará la versión del Fichero INSS Empresas, más conocido como “Lector FIE”.

El Lector FIE, es la herramienta que permite a las empresas obtener e interpretar la información que tiene el Instituto Nacional de la Seguridad Social de las bases de datos de todas las variaciones en el ámbito de las prestaciones y subsidios que se le reconozcan a los trabajadores de las empresas.

La nueva versión del Fichero INSS Empresas (FIE) será la Versión 3.0. Esta versión se programó para entrar en funcionamiento el miércoles 19 de julio de 2023. A partir de esta fecha, los ficheros FIE recibidos por SILTRA y los descargados a través del servicio FIE del Sistema RED Online, se ajustarán al diseño de registro de esta nueva versión. Los detalles técnicos están disponibles en el enlace de «Instrucciones Técnicas» en la página web de la Seguridad Social.

Las novedades de la versión 3.0 del FIE, tal como se informó en el BNR 7/2023, incluyen la adición de un nuevo campo denominado «Situaciones especiales de IT» en la etiqueta DIT. Este campo se utiliza para identificar las nuevas situaciones de incapacidad temporal (IT) establecidas en la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, que modifica la Ley Orgánica 2/2010, relacionada con la salud sexual y reproductiva y la interrupción voluntaria del embarazo.

Las situaciones especiales de IT se clasifican mediante los valores 01, 02 y 03. Además, se añade el valor 04 específico para identificar los casos de IT relacionados con COVID-19. Cada uno de estos valores tiene características y requisitos específicos:

  • Valor 01: Esta situación se refiere a la contingencia de “Menstruación incapacitante secundaria”. La responsabilidad del pago de la prestación la tiene el INSS o la Mutua desde el primer día de la incapacidad temporal que, con carácter general, es pago delegado de la empresa. Este subsidio no exige periodo de carencia, ni tampoco tiene la posibilidad de recaída.

 

  • Valor 02: En este caso, hablamos de la IT por “Interrupción del embarazo”. El subsidio se abona a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, siendo el empresario responsable del salario íntegro del día de la baja. En esta IT no se exige periodo de carencia y sí existe la posibilidad de recaída.

 

  • Valor 03: Aquí, la incapacidad temporal es por “Gestación de la mujer trabajadora desde el 1º día de la 39º semana”. Este subsidio se abona a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, siendo el empresario responsable del salario íntegro del día de la baja. También existe la posibilidad de recaída, pero se requerirá que la interesada acredite los periodos mínimos de cotización establecidos en el artículo 178.1 del TRLGSS, según su edad en el momento de iniciar el descanso. En este caso sí se exige periodo de carencia, que será el mismo que en el “Permiso por Nacimiento y Cuidado del Menor”.

 

Además, la versión 3.0 del FIE incluye otro nuevo campo denominado «Tipo de asistencia» en la etiqueta IT2. Este campo se utilizará para informar sobre los procesos de IT derivados de contingencias profesionales.

Otro cambio significativo es la inclusión del campo «Fecha de siguiente revisión médica Parte de Baja» en la contingencia IT2, lo que permitirá tener información detallada sobre la próxima revisión médica relacionada con la baja por incapacidad temporal.

Adicionalmente, en esta versión se elimina el apartado OIT (Otros datos de IT), excepto el campo «fecha de agotamiento 545 días de IT», que se traslada a la etiqueta IT2. La decisión se basa en que la información restante en el apartado OIT se considera redundante, ya que las comunicaciones correspondientes se envían a través de SILTRA, según el caso de Autorizaciones RED Directo.

Finalmente, la versión 3.0 del FIE también presenta modificaciones que consisten en eliminar la etiqueta OIT e incluir algunos apartados necesarios para abarcar toda la casuística relacionada con el proceso.

No obstante, los usuarios deben asegurarse de adaptar sus sistemas y procedimientos a estos cambios para cumplir con las normativas vigentes y evitar posibles inconvenientes en el envío y procesamiento de los ficheros FIE a partir de la fecha mencionada.

En definitiva, el objetivo de estas novedades y modificaciones en la versión 3.0 del Fichero INSS Empresas es garantizar un registro más preciso y actualizado de las situaciones de incapacidad temporal, especialmente con la incorporación de nuevos campos para identificar las situaciones especiales de IT y los procesos de contingencias profesionales.

Carla Ruiz

Customer Support Specialist - Pay&HCM

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