SMI 2025: Subida del Salario Mínimo Interprofesional y su impacto en las PYMES

jueves, 10 abril 2025 | Blog laboral rrhh
Despacho laboral revisando el impacto del aumento del SMI, la actualización de los códigos CNAE 2025 y la cotización adicional de solidaridad en las pymes.

Subida del SMI, actualización de los códigos CNAE y nueva cotización de solidaridad: Claves para adaptarse en 2025

Como cada inicio de año, las empresas deben adaptarse a nuevos cambios normativos que afectan directamente a sus costes laborales. Este 2025 destacan tres medidas clave: el aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), la actualización de los códigos CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) y la nueva cotización adicional de solidaridad.

En este artículo te explicamos en qué consisten estos cambios y cómo afectan a las pymes, además de proponerte estrategias para optimizar tus costes empresariales.

  1. Subida del SMI en 2025: ¿Cómo afecta a las pymes?
  2. CNAE 2025: Nueva clasificación de actividades económicas
  3. Cotización adicional de solidaridad: ¿Qué es y a quién afecta?
  4. Conclusión

1.- Subida del SMI en 2025: ¿Cómo afecta a las pymes?

El Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, establece que el nuevo SMI 2025 será de 1.184 euros mensuales en 14 pagas (o 1.381,33 euros en 12 pagas) y 39,47 euros al día.

Esto representa un incremento respecto a 2024 de:

  • +1,64 €/día (para trabajadores con salario diario),
  • +50 €/mes (para quienes cobran mensualmente),
  • +700 € anuales.

Este aumento afecta únicamente a quienes perciban un salario inferior al nuevo SMI, aplicándose de forma retroactiva desde enero de 2025. Es decir, que a partir del mes de febrero empezarán a percibir el nuevo SMI, pero, además, también tendrán que recibir el importe correspondiente al mes de enero 2025.

No hay que pasar por alto que, aunque esta medida beneficie a los trabajadores, también supone un incremento de los costes de las empresas, especialmente en las pymes, que:

  • Ven reducida su capacidad de inversión.
  • Pierden competitividad frente a grandes empresas.
  • Pueden verse obligadas a ajustar jornadas o paralizar nuevas incorporaciones.

Estrategias para minimizar el impacto económico

Para minimizar el impacto económico de esta medida, las pymes pueden aplicar algunas estrategias efectivas, como pueden ser:

  • Automatización de procesos, es decir, digitalización y uso de tecnologías. 
  • Diversificación de mercados. 
  • Innovación y desarrollo de sus servicios y/o productos. 
  • Acceso a ayudas y subvenciones. Como, por ejemplo, una bonificación por contratar nuevo personal. 

2.- CNAE 2025: Nueva clasificación de actividades económicas

La nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2025) sustituye a la anterior versión de 2009, reflejando los cambios económicos y sociales y la aparición de nuevas actividades.

La nueva clasificación se formalizó con el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, y tiene un periodo de adaptación del 1 de marzo al 30 de junio de 2025. Esto quiere decir, que las empresas dispondrán de este período para comunicar el cambio a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). 

¿Qué deben tener en cuenta las empresas?

  • Si un Código de Cuenta de Cotización (CCC), se encuentra de alta a fecha 3 de marzo del 2025, y el código CNAE 2009 coincide exactamente con uno nuevo de la CNAE 2025, la TGSS lo asignará automáticamente, sin necesidad de comunicación por parte de la empresa.
  • En caso contrario, la empresa está obligada a notificar el nuevo código CNAE 2025.
  • Nuevas altas posteriores al 4 de marzo de 2025 deberán declarar ambos códigos (CNAE 2009 y CNAE 2025).

La TGSS aún no ha publicado los nuevos porcentajes de Incapacidad Temporal (IT) e Incapacidad Maternal Social (IMS) asociados a los códigos CNAE 2025.

3.- Cotización adicional de solidaridad: ¿Qué es y a quién afecta?

Desde el 1 de enero de 2025 está en vigor la cotización adicional de solidaridad, según el Real Decreto-ley 2/2023, el RD 322/2024 y los Boletines RED 7/2024 y 9/2024.

¿A quién afecta?

A los trabajadores cuya remuneración supere la base máxima de cotización (4.909,50 € en 2025). Esta nueva cotización se aplicará de forma progresiva:

  • 5,5 % sobre el tramo entre la base máxima y hasta +10 %.
  • 6 % sobre el tramo entre +10 % y +50 %.
  • 7 % sobre lo que supere ese +50 %.

La distribución entre empresa y trabajador seguirá el mismo criterio que en las contingencias comunes.

Esta cotización no podrá ser objeto de bonificación, reducción, exención o deducción alguna

La cuota de solidaridad quedará establecida de la siguiente manera, de acuerdo con el Real Decreto-ley 2/2023:  

“El importe de las retribuciones a las que se refiere el artículo 147, que supere el importe de la base máxima de cotización establecida para las personas trabajadoras por cuenta ajena del sistema de la Seguridad Social a los que resulte de aplicación dicho artículo, quedará sujeto, en toda liquidación de cuotas, a una cotización adicional de solidaridad de acuerdo con los siguientes tramos: 

La cuota de solidaridad será el resultado de aplicar un tipo del 5,5 por ciento a la parte de retribución comprendida entre la base máxima de cotización y la cantidad superior a la referida base máxima en un 10 por ciento; el tipo del 6 por ciento a la parte de retribución comprendida entre el 10 por ciento superior a la base máxima de cotización y el 50 por ciento; y el tipo del 7 por ciento a la parte de retribución que supere el anterior porcentaje. 

La distribución del tipo de cotización por solidaridad entre empresario y trabajador mantendrá la misma proporción que la distribución del tipo de cotización por contingencias comunes.” 

4.- Conclusión: La adaptación es clave

En resumen, aunque el aumento del SMI es una medida habitual cada año, supone un reto importante para las empresas, especialmente para las pymes, que deben adaptarse al incremento de los costes laborales. Por ello, es fundamental que las organizaciones busquen e implementen estrategias que les permitan afrontar el aumento de costos sin perder competitividad.

Por otro lado, la actualización de los códigos CNAE 2025 se llevarán a cabo entre el 1 de marzo y el 30 de junio de este año. En algunos casos, la asignación se hará de manera automática por parte de la TGSS, mientras que en otros será responsabilidad de la empresa comunicar el cambio. Es importante tener en cuenta que, hasta el momento, no están publicados los nuevos porcentajes de IT e IMS correspondientes a estos códigos. 

Finalmente, desde el 1 de enero de 2025 ha entrado en vigor la cotización adicional de solidaridad, que afecta a aquellos trabajadores con remuneraciones superiores a la base máxima de cotización. Esta cotización adicional, que se aplicará de forma progresiva y no admite bonificaciones ni deducciones, busca una mayor contribución de los salarios altos al sistema de la Seguridad Social. 

Zenaida Sosa González

Customer Support Specialist - Pay&HCM

Únete a nuestra Newsletter

Por favor, cumplimente el recaptcha
Scroll al inicio
DESCUBRE LA PLATAFORMA
PLAYNNOVA
Accede a todo el contenido que hemos diseñado para inspirarte, potenciar tu carrera y expandir tu visión.